{"id":1576,"date":"2021-03-16T02:30:33","date_gmt":"2021-03-16T02:30:33","guid":{"rendered":"http:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/?p=1576"},"modified":"2025-11-19T16:49:36","modified_gmt":"2025-11-19T16:49:36","slug":"carlos-marx-barbosa-guzman-la-conciencia-un-derecho-respaldado-en-la-constitucion-y-en-los-tratados-internacionales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/carlos-marx-barbosa-guzman-la-conciencia-un-derecho-respaldado-en-la-constitucion-y-en-los-tratados-internacionales\/","title":{"rendered":"Carlos Marx Barbosa Guzm\u00e1n. La conciencia, un derecho respaldado en la Constituci\u00f3n y en los tratados internacionales."},"content":{"rendered":"\r\n<p><strong>La conciencia, un derecho respaldado en la Constituci\u00f3n y en los tratados internacionales.<\/strong><\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\r\n<p>&nbsp;<\/p>\r\n<cite>Autor: Mtro. y Dr. H.C. Carlos Marx Barbosa Guzm\u00e1n.<br \/>Correo: bufete_barbosa@hotmail.com<\/cite><\/blockquote>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>Por conciencia, muchas veces se entiende como el autoconocimiento; es decir, que uno sepa d\u00f3nde, c\u00f3mo y con qui\u00e9n est\u00e1, y lo que hace o deja de hacer. Este concepto conlleva una libertad interior donde el \u00e1mbito jur\u00eddico nada tiene que hacer.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Del mismo modo, tenemos que a la conciencia se le ha llamado tambi\u00e9n libertad de pensamiento, pero <strong>no es lo mismo<\/strong>. Porque en el \u00a0pensamiento se tiene la libertad de expresar ideas, es la oportunidad de tomar una decisi\u00f3n libre, espont\u00e1nea y meditada de lo que se elija, ya sea de aceptar o rechazar valores sin condici\u00f3n alguna.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">La conciencia \u00a0es el reducto \u00edntimo del ser humano, donde \u00e9ste se\u00a0encuentra consigo mismo, y para ello la persona es libre de practicar tomar alguna decisi\u00f3n en alg\u00fan tema laboral o decidir sobre una religi\u00f3n, o mantener una opini\u00f3n o actitud religiosa disidente, o tener postura de indiferencia o cualquier otra ideolog\u00eda, y en el ejercicio de dicha libertad, la persona puede practicar o declarar o no sus convicciones, inclusive puede decir que s\u00f3lo acepta lo que la ciencia dice, y se le debe respetar su decisi\u00f3n debido a que la misma Constituci\u00f3n Federal lo respalda.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">As\u00ed es, porque el art\u00edculo 24 del Pacto Federal dice:<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><em>\u201cArt\u00edculo 24.<\/em><\/strong><em> toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones \u00e9ticas, de <strong>conciencia <\/strong>y de religi\u00f3n, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado.\u00a0\u00a0 esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en p\u00fablico como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley, nadie podr\u00e1 utilizar los actos p\u00fablicos de expresi\u00f3n de esta libertad con fines pol\u00edticos, de proselitismo o de propaganda pol\u00edtica.\u201d<\/em><\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Por otro lado, tenemos que en el art\u00edculo 18 de la declaraci\u00f3n universal de los derechos humanos, tambi\u00e9n se ha previsto el reconocimiento de la conciencia como un derecho, pues de\u00a0 su contenido se se\u00f1ala lo siguiente:<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>\u201cToda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de <strong>conciencia<\/strong> y de religi\u00f3n, este derecho incluye la libertad de cambiar de religi\u00f3n o de creencia, as\u00ed como la libertad de manifestar su religi\u00f3n o su creencia, individual y colectivamente, tanto en p\u00fablico como en privado, por la ense\u00f1anza, la pr\u00e1ctica, el culto y la observancia.\u201d<\/em><\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Por lo tanto, eso ha implicado que en algunos Pa\u00edses se reconozca el r\u00e9gimen de la objeci\u00f3n de conciencia en el trabajo, cuando pueden abstenerse de realizar alguna labor que consideren que no es correcta, o que es inmoral o que va en contra de sus principios, como es el caso de algunos m\u00e9dicos, cuando se han negado a practicar un aborto con fines de planificaci\u00f3n familiar, al considerar que est\u00e1n atentando contra la vida, y cuya pr\u00e1ctica contradice su juramento que hicieron al momento de \u00a0graduarse.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Con lo anterior, aprendemos que, tanto en la proclamaci\u00f3n citada, como en la constituci\u00f3n federal, se reconocen 3 derechos del hombre,\u00a0 y que son:\u00a0 <strong>L<\/strong>a libertad de pensamiento y convicciones \u00e9ticas,\u00a0\u00a0 La libertad de conciencia, \u00a0\u00a0y La libertad de religi\u00f3n.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n se entiende por conciencia, la capacidad de juzgar la propia conducta, y se dice que una persona tiene conciencia cuando gobierna su comportamiento conforme a ciertos criterios, por lo que la noci\u00f3n es semejante a la de autodeterminaci\u00f3n: alguien puede autodeterminarse debido a que posee la capacidad de juzgar sobre lo que le convine o no hacer.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">As\u00ed pues, este concepto tambi\u00e9n remite a una libertad interior, en la que no puede inmiscuirse el ordenamiento jur\u00eddico. Es un principio com\u00fanmente aceptado sobre que ninguna persona debe ser forzada a obrar en contra de su conciencia, por lo que la libertad en este \u00e1mbito supone que una persona no sea coaccionada para aceptar ideas o mandatos pol\u00edticos, econ\u00f3micos o religiosos en contra de sus propias convicciones personales.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Este caso es semejante al de la libertad de religi\u00f3n: as\u00ed como no se le puede imponer a alguien que adopte o deje de adoptar una confesi\u00f3n, tampoco que tenga o no una determinada cosmovisi\u00f3n u opini\u00f3n sobre ninguna materia. La libertad de conciencia, por supuesto, es m\u00e1s amplia que la religiosa: se refiere a toda persona, creyente o no.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Por otro lado, hay algunos aspectos que deben tomarse en cuenta: Si consideramos que la libertad de conciencia se puede entender en el sentido de que alguien no puede ser forzado a obrar en contra de sus convicciones; pero si un ordenamiento jur\u00eddico impone conductas contrarias a la conciencia de las personas, \u00bfpodr\u00e1n oponerse a las disposiciones legales argumentando razones de conciencia?<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">En este \u00faltimo caso me parece que estar\u00edamos renunciando al ordenamiento jur\u00eddico, porque cualquiera podr\u00eda decir: \u201ctal ley no la cumplo por razones de conciencia\u201d; entonces no se podr\u00eda legislar ni hacer que las personas tuvieran comportamientos comunes, pues siempre podr\u00edan objetarlos.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Es preciso considerar que la libertad de conciencia supone un sujeto que, por principio, respeta las disposiciones jur\u00eddicas; de hecho, uno de los elementos formadores de la conciencia es el principio de acatar el orden p\u00fablico, las leyes y las decisiones de los gobernantes, en donde curiosamente \u00e9sta obligaci\u00f3n no est\u00e1 prevista en la Constituci\u00f3n mexicana, por lo cual no s\u00e9 si tendr\u00edamos la obligaci\u00f3n de cumplir las leyes, aunque es de sentido com\u00fan que todas las personas tienen que hacerlo.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Por lo tanto, la problem\u00e1tica a resolver ser\u00eda si en el orden jur\u00eddico se establece una disposici\u00f3n que debe ser cumplida, pero que es contraria a una convicci\u00f3n por parte de una persona; en esos casos se es donde existe la controversia sobre la posibilidad de hacer valer o no la objeci\u00f3n de conciencia, pues recordemos que en el caso de los m\u00e9dicos objetores que ya cit\u00e9, ya est\u00e1 legislado una situaci\u00f3n a su favor.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Es por ese motivo que, es recomendable que, debe tenerse mucho cuidado en los Estados al momento de legislar, donde no traspasen el l\u00edmite de la libertad de conciencia de la poblaci\u00f3n. Porque hay que recordar que la inconformidad de la poblaci\u00f3n acontece cuando el legislador ordena conductas que van en contra de los principios de los ciudadanos, cuando se ordena algo que el pueblo no quiere.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>Es cu\u00e1nto.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\r\n<p>&nbsp;<\/p>\r\n<p>Carlos Marx Barbosa Guzm\u00e1n. <em><u>La conciencia, un derecho respaldado en la Constituci\u00f3n y en los tratados internacionales<\/u><\/em>. M\u00e9xico: CEAAMER, [202?]. 3 hojas.<\/p>\r\n<\/blockquote>\r\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La conciencia, un derecho respaldado en la Constituci\u00f3n y en los tratados internacionales. &nbsp; Autor: Mtro. y Dr. H.C. 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