{"id":1717,"date":"2021-09-15T00:40:00","date_gmt":"2021-09-15T00:40:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/?p=1717"},"modified":"2025-11-19T16:49:20","modified_gmt":"2025-11-19T16:49:20","slug":"cornejo-cruz-maria-guadalupe-criminologia-y-criminalistica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/cornejo-cruz-maria-guadalupe-criminologia-y-criminalistica\/","title":{"rendered":"Cornejo Cruz, Mar\u00eda Guadalupe. Criminolog\u00eda y Criminal\u00edstica"},"content":{"rendered":"\r\n<p class=\"has-text-align-center\"><strong>CENTRO DE ESTUDIOS AVANZADOS DE LAS AMERICAS<\/strong><\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-center\">\u00a0Licenciatura EN DERECHO<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-center\">Criminolog\u00eda y Criminal\u00edstica<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-center\">Octavo Cuatrimestre CASO PRACTICO<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>Nombre del alumno: Mar\u00eda Guadalupe Cornejo Cruz<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>Matr\u00edcula: M19020701480<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>Asesor: Mtro. Jos\u00e9 Luis Olgu\u00edn S\u00e1nchez<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>Fecha: 14 de agosto del 2021<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p><strong>CRIMINOLOG\u00cdA Y CRIMINAL\u00cdSTICA<\/strong><\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p><strong>INTRODUCCI\u00d3N<\/strong><\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>El tema de la criminal\u00edstica es algo muy discutible pues es un m\u00e9todo de observaci\u00f3n y de experimentaci\u00f3n, empleado en el marco de una verdadera cl\u00ednica social.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>Por lo anterior, se puede entender que la criminal\u00edstica es una ciencia sistem\u00e1tica, tanto natural como social y no jur\u00eddica, con una finalidad preventiva, a la que se llega por medio del estudio del crimen, por un m\u00e9todo de experimentaci\u00f3n y observaci\u00f3n, es decir, encontramos los elementos ciencia, s\u00edntesis, m\u00e9todo, empirismo y objeto. Por lo que a continuaci\u00f3n se presenta lo siguiente.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p><strong>LA PREVENCION DEL DELITO<\/strong><\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Se debe de entender que el Estado mexicano debe de instrumentar la pol\u00edtica de prevenci\u00f3n del delito, sin embargo, esto resulta insuficiente para el trabajo de investigaci\u00f3n. Tambi\u00e9n tiene que analizarse la Ley de Planeaci\u00f3n toda vez que es el instrumento jur\u00eddico fundante para la programaci\u00f3n de las metas y objetivos nacionales y, consecuentemente, de las pol\u00edticas necesarias para su cumplimiento. El marco jur\u00eddico de la instrumentaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas en M\u00e9xico emana, en primer t\u00e9rmino, de la Ley de Planeaci\u00f3n y debe analizarse con base a la misma y a la materia especifica que se busca atender. Del modo que la Ley General para la Prevenci\u00f3n Social de la Violencia y la Delincuencia reconoce la necesidad de desarrollar la pol\u00edtica de prevenci\u00f3n del delito de conformidad con los objetivos del Plan Nacional de Seguridad Publica y el Programa Nacional para la Prevenci\u00f3n Social de la Violencia y la Delincuencia.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\r\n<p><em>\u201c<strong>Art\u00edculo 17:<\/strong> Los programas nacionales, sectoriales, especiales e institucionales que incidan en la prevenci\u00f3n social de la violencia y la delincuencia, deber\u00edan dise\u00f1arse considerando la participaci\u00f3n instrumental con enfoque multidisciplinario, enfatizando la colaboraci\u00f3n con universidades y entidades orientadas a la investigaci\u00f3n, asimismo se orientaran a contrarrestar, neutralizar o disminuir los factores de riesgo y las consecuencias da\u00f1o e impacto social y comunitario de la violencia y la delincuencia.\u00a0Los programas tendr\u00e1n que lograr un efecto multiplicador, fomentando la participaci\u00f3n de las autoridades de los gobiernos Federal, Estados y Municipios, organismos p\u00fablicos de derechos humanos y de las organizaciones civiles, academias y comunitarias en el diagn\u00f3stico, dise\u00f1o, implementaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas y de la prevenci\u00f3n social de la violencia y la delincuencia.<\/em><\/p>\r\n<p>&nbsp;<\/p>\r\n<\/blockquote>\r\n\r\n\r\n\r\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\r\n<p><strong><em>Art\u00edculo 18: <\/em><\/strong><em>Las pol\u00edticas de prevenci\u00f3n social deber\u00e1n ser evaluadas con la participaci\u00f3n de instituciones acad\u00e9micas, profesionales, especialistas en materia y organizaciones de la sociedad civil\u201d.<\/em><\/p>\r\n<\/blockquote>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Las implicaciones de que el sistema jur\u00eddico regule de esta manera el desarrollo de pol\u00edticas p\u00fablicas son may\u00fasculas, pues, normativamente establece un criterio riguroso para el dise\u00f1o, aplicaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas. Por lo anterior, los principios constitucionales planteados: solidez, dinamismo, competitividad y, finalmente permanencia y equidad al crecimiento de la econom\u00eda para la independencia y la democratizaci\u00f3n pol\u00edtica, social y cultural de la naci\u00f3n en las labores de la administraci\u00f3n p\u00fablica federal. No obstante, el sistema jur\u00eddico abarca de manera preliminar las teor\u00edas preventivas del delito como una estrategia complementaria para el ejercicio de las funciones de seguridad p\u00fablica. A diferencia del resto de las funciones de seguridad publica consistentes en la investigaci\u00f3n, persecuci\u00f3n y sanci\u00f3n de los delitos, as\u00ed como la reinserci\u00f3n social, la prevenci\u00f3n del delito se encuentra regulada de una manera distinta, ya que implica una competencia coordinada a cargo de varios actores estatales en distintos \u00f3rdenes de gobierno y de la participaci\u00f3n directa de la ciudadan\u00eda.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>El camino l\u00f3gico planeado es simple, el texto constitucional establece dos obligaciones al Estado;<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<ol class=\"wp-block-list\" type=\"1\">\r\n<li style=\"text-align: justify;\">Guiar el desarrollo nacional por medio de un Sistema Nacional de Planeaci\u00f3n Democr\u00e1tica de conformidad con la Ley de Planeaci\u00f3n, el PND y los programas que deriven de este, el PND se establece como un medio para el desempe\u00f1o eficaz del Estado sobre el desarrollo integral y del pa\u00eds que debe de cumplir los fines y objetivos pol\u00edticos, sociales, culturales, econ\u00f3micos de la Constituci\u00f3n.<\/li>\r\n<\/ol>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>2. Ejercer las funciones de seguridad p\u00fablica, concretamente de prevenci\u00f3n del delito fomentando la participaci\u00f3n ciudadana.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Como consecuencia de tales obligaciones, es menester analizar si el principal instrumento para la pol\u00edtica p\u00fablica nacional en materia de prevenci\u00f3n del delito, preliminarmente resulta adecuado para cumplirlas, mediante la evaluaci\u00f3n de la solidez te\u00f3rica, jur\u00eddica y metodol\u00f3gica que le da sustento.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">De acuerdo al Programa Nacional para la Prevenci\u00f3n Social de la Violencia y la Delincuencia, el objetivo principal del mismo es atender los factores de riesgo y protecci\u00f3n vinculados a la violencia o delincuencia. Otro elemento preliminar que es importante se\u00f1alar es que el programa se auto determina con un enfoque de seguridad ciudadana:<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\r\n<p>\u201c<em>La construcci\u00f3n de la seguridad ciudadana, la cual se traduce en un bien p\u00fablico que brinda certeza a las personas respecto a su integridad f\u00edsica, psicol\u00f3gica, patrimonial y social; por tanto, permite el ejercicio de derecho como la libre movilidad y la convivencia pac\u00edfica\u201d.<\/em><\/p>\r\n<\/blockquote>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Cabe se\u00f1alar que el Programa identifica retos para el \u00e9xito de la elaboraci\u00f3n y desarrollo de pol\u00edticas de prevenci\u00f3n social los cuales consisten en el establecimiento de estrategias de coordinaci\u00f3n entre las secretarias involucradas con los factores de riesgo, la creaci\u00f3n de mecanismos de coordinaci\u00f3n entre los \u00f3rdenes de gobierno y la ciudadan\u00eda, el fortalecimiento de las capacidades t\u00e9cnicas y metodol\u00f3gicas de los servidores p\u00fablicos en torno a la prevenci\u00f3n social, generar informaci\u00f3n sobre los factores que configuran la violencia y delincuencia, la definici\u00f3n de instrumentos de medici\u00f3n que permitan observar el comportamiento de estas problem\u00e1ticas.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p><strong>SEGURIDAD CIUDADANA<\/strong><\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">La seguridad ciudadana es el proceso de establecer, fortalecer y proteger el orden civil democr\u00e1tico, eliminando las amenazas de violencia en la poblaci\u00f3n y permitiendo una coexistencia segura y pac\u00edfica. Se le considera un bien p\u00fablico e implica la salvaguarda eficaz de los derechos humanos inherentes a la persona, especialmente el derecho a la vida, la integridad personal, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de movimiento.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">La seguridad ciudadana no trata simplemente de la reducci\u00f3n de los delitos sino de una estrategia exhaustiva y multifac\u00e9tica para mejorar la calidad de vida de la poblaci\u00f3n, de una acci\u00f3n comunitaria para prevenir la criminalidad, del acceso a un sistema de justicia eficaz, y de una educaci\u00f3n que est\u00e9 basada en los valores, el respeto por la ley y la tolerancia. La seguridad ha sido desde siempre una de las funciones principales de los Estados. Indudablemente, con la evoluci\u00f3n de los Estados autoritarios hacia los Estados democr\u00e1ticos ha ido evolucionando tambi\u00e9n el concepto de seguridad.\u00a0 El concepto de seguridad que se manejaba antes se preocupaba \u00fanicamente por garantizar el orden como una expresi\u00f3n de la fuerza y supremac\u00eda del poder del Estado.\u00a0 Hoy en d\u00eda, los Estados democr\u00e1ticos promueven modelos policiales acordes con la participaci\u00f3n de los habitantes, bajo el entendimiento de que la protecci\u00f3n de los ciudadanos por parte de los agentes del orden debe darse en un marco de respeto de la instituci\u00f3n, las leyes y los derechos fundamentales.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Por otra parte, uno de los prop\u00f3sitos fundamentales de la reorganizaci\u00f3n de la instituci\u00f3n es el de integrar un cuerpo de polic\u00eda profesional apegado a los principios de legalidad, eficiencia, honestidad, justicia, respeto a los Derechos Humanos y al Estado de Derecho, que permita brindar una propuesta de vida digna y garantizar su desarrollo integrado a la sociedad. Hacer de la pertenencia a la polic\u00eda un proyecto de vida decoroso, con pleno reconocimiento al esfuerzo, al riesgo y al compromiso de cada uno de sus elementos. La Subsecretar\u00eda de Participaci\u00f3n Ciudadana y Prevenci\u00f3n del Delito, se compone de tres Direcciones Generales, dos Direcciones Ejecutivas, y una Direcci\u00f3n de \u00c1rea.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p><strong>RELACI\u00d3N CON LA CRIMINOLOG\u00cdA Y LA CRIMINAL\u00cdSTICA<\/strong><\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">El control se ci\u00f1e en la Criminolog\u00eda en educar al individuo social desde su nacimiento en una conducta adecuada y no delictiva. Este nuevo planteamiento se adelanta a la idea de exterminar el crimen como meta final en los juzgados y las c\u00e1rceles. El ut\u00f3pico objetivo de erradicar la criminalidad definitivamente se sustituye por otro mucho m\u00e1s realista de controlarlo en la mayor medida posible, asumiendo su inevitabilidad. La prevenci\u00f3n no focaliza el crimen desde el \u00e1mbito jur\u00eddico, sino como un delito natural que presenta sinonimia con la criminalidad racional y que ha de ser atajado previamente.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">En la actualidad la Legislaci\u00f3n penal mexicana considera como penas propiamente dichas: la prisi\u00f3n, la sanci\u00f3n pecuniaria (monetaria); la suspensi\u00f3n o privaci\u00f3n de derechos; la inhabilitaci\u00f3n, destituci\u00f3n o suspensi\u00f3n de funciones o empleos; entre otras (C\u00e1mara de Diputados, 2005 y 2009). \u201cLa pena es la sanci\u00f3n impuesta por el \u2018Estado\u2019 a quien, por haber cometido un delito, ha sido sujeto a un juicio por el \u00f3rgano competente\u201d (Hikal, 2011a, p. 258). Es forzoso que la pena est\u00e9 establecida por la ley con anterioridad a la comisi\u00f3n del hecho:<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<ul class=\"wp-block-list\">\r\n<li>No hay delito sin ley;<\/li>\r\n<li>No hay delito sin tipo;<\/li>\r\n<li>No hay pena sin tipo;<\/li>\r\n<li>No hay pena sin delito, y<\/li>\r\n<li>No hay pena sin ley (Becarria, 2006).<\/li>\r\n<\/ul>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Seg\u00fan el art\u00edculo 7 del C\u00f3digo Penal Federal, delito es: \u201cel acto u omisi\u00f3n que sancionan las leyes penales\u201d (C\u00e1mara de Diputados, 2005). Tambi\u00e9n la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos en el art\u00edculo 17 apunta que: \u201cninguna persona podr\u00e1 hacerse justicia por s\u00ed misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho\u201d (C\u00e1mara de Diputados, 2009).<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>Por lo anterior respecto el trato al delincuente o criminal, se sugiere:<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<ul class=\"wp-block-list\">\r\n<li>No ver al sujeto como \u201cuno m\u00e1s\u201d;<\/li>\r\n<li>Calidad y cantidad en la obtenci\u00f3n de informaci\u00f3n;<\/li>\r\n<li>Rigor cient\u00edfico;<\/li>\r\n<li>Evitar los datos inexistentes;<\/li>\r\n<li>Comprobar con la realidad la informaci\u00f3n que el paciente da;<\/li>\r\n<li>De preferencia visitar el \u00e1rea de donde proviene el paciente;<\/li>\r\n<li>Intercambiar informaci\u00f3n con el \u00e1rea de prevenci\u00f3n del delito;<\/li>\r\n<li>Desarrollar un plan de tratamiento de acuerdo a las \u00e1reas de oportunidad en el paciente;<\/li>\r\n<li>Si el paciente est\u00e1 condenado a pasar toda su vida en el centro penitenciario, analizar a\u00fan m\u00e1s a fondo los motivos de su delito;<\/li>\r\n<li>De ser posible tener informaci\u00f3n de la v\u00edctima (entrevistarla);<\/li>\r\n<li>Discutir los resultados con los dem\u00e1s profesionistas para conocer sus percepciones y alimentar el conocimiento, y<\/li>\r\n<\/ul>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Finalmente, lo m\u00e1s conveniente ser\u00e1 compartir la informaci\u00f3n con el \u00e1rea acad\u00e9mica -aunque parezca muy dif\u00edcil de lograr- de una escuela, para que ah\u00ed se procesen los datos y se den a conocer a los estudiantes y dem\u00e1s comunidad de investigadores y cient\u00edficos (Hikal, 2011b, p. 148).<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">La administraci\u00f3n penitenciaria escoger\u00e1 cuidadosamente el personal de todos los grados, puesto que de la integridad, humanidad, aptitud personal y capacidad profesional de este personal depender\u00e1 la buena direcci\u00f3n de los establecimientos penitenciarios. La administraci\u00f3n penitenciaria se esforzar\u00e1 constantemente por despertar y mantener, en el esp\u00edritu del personal y en la opini\u00f3n p\u00fablica, la convicci\u00f3n de que la funci\u00f3n penitenciaria constituye un servicio social de gran importancia y, al efecto, utilizar\u00e1 todos los medios apropiados para ilustrar al p\u00fablico. Para lograr dichos fines ser\u00e1 necesario que los miembros del personal trabajen exclusivamente como funcionarios penitenciarios profesionales, tener la condici\u00f3n de empleados p\u00fablicos y por tanto la seguridad de que la estabilidad en su empleo depender\u00e1 \u00fanicamente de su buena conducta, de la eficacia de su trabajo y de su aptitud f\u00edsica. La remuneraci\u00f3n del personal deber\u00e1 ser adecuada para obtener y conservar los servicios capaces. El personal deber\u00e1 poseer un nivel intelectual suficiente.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Deber\u00e1 seguir, antes de entrar en el servicio, un curso de formaci\u00f3n general y especial y pasar satisfactoriamente pruebas te\u00f3ricas y pr\u00e1cticas. Despu\u00e9s de su entrada en el servicio y en el curso de su carrera, el personal deber\u00e1 mantener y mejorar sus conocimientos y su capacidad profesional siguiendo cursos de perfeccionamiento que se organizar\u00e1n peri\u00f3dicamente. Los funcionarios de los establecimientos no deber\u00e1n, en sus relaciones con los reclusos, recurrir a la fuerza, salvo en caso de leg\u00edtima defensa, de tentativa de evasi\u00f3n o de resistencia por la fuerza o por inercia f\u00edsica a una orden basada en la ley o en los reglamentos. Los funcionarios que recurran a la fuerza se limitar\u00e1n a emplearla en la medida estrictamente necesaria e informar\u00e1n inmediatamente al director del establecimiento sobre el incidente. Los funcionarios penitenciarios recibir\u00e1n un entrenamiento f\u00edsico especial que les permita dominar a los reclusos violentos.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p><strong>CONCLUSI\u00d3N<\/strong><\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">La delincuencia urbana se caracteriza por una multiplicidad de factores y formas. Con frecuencia ser\u00e1 \u00fatil adoptar un enfoque interinstitucional (apoyarse de las dependencias de Gobierno en sus tres niveles: federal, estatal y municipal, adem\u00e1s de los organismos internacionales; por ejemplo: la Secretar\u00eda de Seguridad P\u00fablica, Secretar\u00eda de Desarrollo Social, Secretar\u00eda de Obras P\u00fablicas, Instituto de la Juventud, Instituto de la Mujer, Agencias de las Naciones Unidas, Organizaci\u00f3n de los Estados Americanos, entre otros) y responder de forma coordinada en el plano local, de conformidad con un plan de acci\u00f3n integrado para la prevenci\u00f3n del delito.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p style=\"text-align: justify;\">La aplicaci\u00f3n de criterios preventivos requiere un riguroso an\u00e1lisis de los factores de la criminalidad y la aplicaci\u00f3n de una serie de medidas eficaces para reducir a corto y largo plazo la cantidad de v\u00edctimas y delincuentes. Esas medidas son, en resumen:<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<ul class=\"wp-block-list\">\r\n<li>An\u00e1lisis situacional y personal;<\/li>\r\n<li>Un dise\u00f1o urbano m\u00e1s seguro;<\/li>\r\n<li>El apoyo a los ni\u00f1os, los j\u00f3venes y las familias vulnerables;<\/li>\r\n<li>El fomento de la responsabilidad y la creaci\u00f3n de conciencia de la comunidad; y<\/li>\r\n<li>La prestaci\u00f3n de servicios de seguridad y protecci\u00f3n, especialmente de polic\u00eda y de justicia.<\/li>\r\n<\/ul>\r\n\r\n\r\n\r\n<p><strong>BIBLIOGRAF\u00cdA<\/strong><\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>Antropolog\u00eda Criminol\u00f3gica, recuperado de: https:\/\/youtu.be\/AADoE3VD2XM<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>Baratta, Alessandro (2004). Criminolog\u00eda Cr\u00edtica y cr\u00edtica al Derecho Penal. M\u00e9xico: Siglo Veintiuno (8\u00aa edici\u00f3n).<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>Beccaria, C\u00e9sar (2006). Tratado de los delitos y de las penas. M\u00e9xico: Porr\u00faa. (16\u00aa edici\u00f3n).<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>Beristain, Antonio y Neuman, El\u00edas (2004). Criminolog\u00eda y dignidad humana. Argentina: Universidad (4\u00aa edici\u00f3n).<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>C\u00e1mara de Diputados (2005a). C\u00f3digo Penal Federal. C\u00e1mara de Diputados: M\u00e9xico. ______ (2009b). Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos. C\u00e1mara de Diputados: M\u00e9xico. ______ (2009c). Ley que establece las normas m\u00ednimas sobre readaptaci\u00f3n social de sentenciados. C\u00e1mara de Diputados: M\u00e9xico.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p>L. RODR\u00cdGUEZ MANZANERA (1981) Criminolog\u00eda, M\u00e9xico, Edi. Porrua, Cap III Psicolog\u00eda Criminol\u00f3gica, recuperado de: https:\/\/youtu.be\/l62EGtIe8CE<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\r\n<p>Bibliograf\u00eda<\/p>\r\n<p>Cornejo Cruz, Mar\u00eda Guadalupe. <em><u>Criminolog\u00eda y Criminal\u00edstica<\/u><\/em>. M\u00e9xico: CEAAMER, 2021. 7 hojas.<\/p>\r\n<\/blockquote>\r\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CENTRO DE ESTUDIOS AVANZADOS DE LAS AMERICAS \u00a0Licenciatura EN DERECHO Criminolog\u00eda y Criminal\u00edstica Octavo Cuatrimestre CASO PRACTICO Nombre del alumno: Mar\u00eda Guadalupe Cornejo Cruz Matr\u00edcula: M19020701480 Asesor: Mtro. Jos\u00e9 Luis Olgu\u00edn S\u00e1nchez Fecha: 14 de agosto del 2021 CRIMINOLOG\u00cdA Y CRIMINAL\u00cdSTICA INTRODUCCI\u00d3N El tema de la criminal\u00edstica es algo muy discutible pues es un m\u00e9todo [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1723,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"wp-custom-template-contacto","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[68],"tags":[],"class_list":["post-1717","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-trabajos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1717","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1717"}],"version-history":[{"count":8,"href":"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1717\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1836,"href":"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1717\/revisions\/1836"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1723"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1717"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1717"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1717"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}