{"id":297,"date":"2017-12-06T20:21:25","date_gmt":"2017-12-06T20:21:25","guid":{"rendered":"http:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/?p=297"},"modified":"2025-11-19T16:51:07","modified_gmt":"2025-11-19T16:51:07","slug":"politica-migratoria-de-donald-trump","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/politica-migratoria-de-donald-trump\/","title":{"rendered":"Corzo, V\u00edctor Emilio.Pol\u00edtica Migratoria de Donald Trump"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\">Pol\u00edtica Migratoria de Donald Trump<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">\u201cEn el contexto social y en el civil, apelo a no crear muros sino de construir puentes\u201d, exhortaba el papa Francisco durante su homil\u00eda a principios de febrero desde el Vaticano. Unas semanas despu\u00e9s se apreciaba con claridad en el otro hemisferio del mundo c\u00f3mo los planes prometidos durante la campa\u00f1a electoral de Estados Unidos se cristalizaban poco a poco en una dura realidad para nacionales de siete pa\u00edses africanos y en una pesadilla potencial para los m\u00e1s de 11 millones de migrantes irregulares que viven en ese pa\u00eds.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">A finales de febrero se divulgaron dos memoranda del Departamento de Seguridad Interior de Estados Unidos por medio de los cuales se explican con detalle las directrices a trav\u00e9s de las que se implementar\u00e1n las dos \u00f3rdenes ejecutivas que el presidente Donald Trump firm\u00f3 en una materia migratoria la primera, sobre el mejoramiento de la seguridad fronteriza y mejoramiento de la aplicaci\u00f3n de la ley migratoria.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">Como era de esperarse, dichos documentos encapsulan a la perfecci\u00f3n la ret\u00f3rica empleada durante la campa\u00f1a electoral estadounidense, mediante la cual se afirma que la frontera con M\u00e9xico est\u00e1 fuera de control, que miles de migrantes abusan del sistema migratorio estadounidense y que es necesario deportar a todos los migrantes irregulares que se encuentren en Estados Unidos se cristalizaban poco a poco en una dura realidad para nacionales de siete pa\u00edses africanos y en una pesadilla potencial para los m\u00e1s de 11 millones de migrantes que viven en ese pa\u00eds.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">A finales de febrero se divulgaron dos memoranda del Departamento de Seguridad interior de Estados Unidos por medio de los cuales se explican con detalle las directrices a trav\u00e9s de las que se implementar\u00e1n las dos \u00f3rdenes Trump firm\u00f3 en materia migratoria: la primera, sobre el mejoramiento de la seguridad p\u00fablica en el interior de los Estados Unidos, y la segunda, sobre la seguridad fronteriza y mejoramiento de la aplicaci\u00f3n de la ley migratoria.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">Como era de esperarse, dichos documentos encapsulan a la perfecci\u00f3n la ret\u00f3rica empleada durante la campa\u00f1a electoral estadounidense, mediante la cual se firma que la frontera con M\u00e9xico est\u00e1 fuera de control, que miles de migrantes abusan del sistema migratorio estadounidense y que es necesario deportar a todos los migrantes irregulares que se encuentren en Estados Unidos.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">En espec\u00edfico, el andamiaje legal que encumbra estos documentos tiene como finalidad, primero, convertir a todos los migrantes irregulares en prioridades de deportaci\u00f3n; en segundo, buscar que las remociones sean lo m\u00e1s expeditas posibles; tercero, que los migrantes enfrenten sus procesos de deportaci\u00f3n detenidos; cuarto, sancionar a cualquier persona que facilite la presencia de migrantes irregulares, y quinto, ampliar los recursos humanos y materiales de las agencias migratorias estadounidenses.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">Como han se\u00f1alado muchos expertos, las capacidades con las que cuentan actualmente las autoridades migratorias estadounidenses son ilimitadas hoy en d\u00eda hay un retraso en las cortes migratorias de m\u00e1s de m\u00e1s de $34,000 casos; su potencial para mantener a personas detenidas oscila entre 40,000 y 50,000 espacios en centros de detenci\u00f3n, y su capacidad humana s\u00f3lo le permite deportar anualmente aproximadamente a 400,000 personas.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">Se argumenta que una deportaci\u00f3n masiva de los m\u00e1s de 11 millones de migrantes irregulares es pr\u00e1cticamente imposible.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">A pesar de que esta afirmaci\u00f3n es cierta, estas \u00f3rdenes ejecutivas generan dos estrategias complementarias para contrarrestar esta realidad. La primera, a corto plazo, busca deportar al mayor n\u00famero de personas sin que tengan que pasar frente a un juez migratorio.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">La segunda, a mediano plazo, busca fortalecer las capacidades operativas y de detenci\u00f3n de las agencias del Departamento de Seguridad Interior de Estados Unidos.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">En materia de recursos humanos, para multiplicar la capacidad operativa de las autoridades migratorias a corto plazo, se retoman los acuerdos 287(g) para facultar a las autoridades locales en la ejecuci\u00f3n de las leyes migratorias federales y se reinstaura el programa de \u201ccomunidades seguras\u201d, a trav\u00e9s del cual las autoridades migratorias reciben la informaci\u00f3n de las personas detenidas por jurisdicciones locales para as\u00ed deportarlas en cuanto salgan de la custodia de estas \u00faltimas. Y a mediano plazo autoriza la contrataci\u00f3n de 15,500 nuevos agentes y el nombramiento de m\u00e1s jueces migratorios.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">En materia de recursos materiales ordena la construcci\u00f3n del ignominioso muro fronterizo y de centros de detenci\u00f3n que permitan alcanzar una capacidad de reclusi\u00f3n para 200,000 personas y expansi\u00f3n de instalaciones de detenci\u00f3n \u201ca corto plazo\u201d(menos de 72 horas, por ejemplo, las estaciones de la Patrulla Fronteriza) que faciliten la resoluci\u00f3n expedita de la situaci\u00f3n del migrante detenido. Asimismo, en materia de refugiados, para no ocupar espacios en los centros de detenci\u00f3n, sugiere regresar a las personas detenidas al pa\u00eds ale\u00f1ado a trav\u00e9s del cual ingresaron.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">Jur\u00eddicamente, con el fin de que las deportaciones sean lo m\u00e1s r\u00e1pidas posibles, se busca ampliar la aplicaci\u00f3n de las \u201cremociones expeditas\u201d (esto es, sin ver al juez migratorio) a toda aquella persona que lleve menos o no pueda probar una estad\u00eda mayor de dos a\u00f1os en Estados Unidos. Anteriormente esta modalidad solo era aplicable para las personas detenidas en la franja fronteriza (100 millas hacia el interior) o que llevaran menos de 14 d\u00edas en territorio estadounidense.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">Como se puede apreciar, la nueva administraci\u00f3n federal estadounidense busca implementar un sistema r\u00edgido que permita, por un lado, sancionar la migraci\u00f3n irregular y, por el otro, establecer medidas restrictivas a la libertad que desalienten a cualquier persona a tratar de ingresar de forma irregular a Estados Unidos.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">Esto \u00faltimo con el fin de evitar errores cometidos como con la pol\u00edtica de catch and rel\u00e9ase (cuando se permit\u00eda que las personas enfrentar\u00e1n su proceso de remoci\u00f3n en libertad) que provoc\u00f3 la llegada masiva de haitianos a la frontera entre Tijuana y San Diego, al correrse la voz de que los dejaban pasar a territorio estadounidense, o el tratamiento a los menores no acompa\u00f1ados que al permit\u00edrseles reunirse con sus familiares en Estados Unidos alent\u00f3 la llegada de m\u00e1s de 155,000 provenientes de Honduras, El Salvador y Guatemala.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\"><strong>\u00bfQu\u00e9 establece el Derecho internacional?<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">Sobre este es importante destacar dos aspectos: por un lado, la inexistencia de \u201cun derecho para entrar o residir en un pa\u00eds en espec\u00edfico\u201d (vid. X vs. Reino Unido, Comisi\u00f3n Europea de Derechos Humanos, 1982), y, por el otro, la facultad del Estado \u201cde controlar la entrada de extranjeros a su territorio y su residencia ah\u00ed\u201d (vid. Uner vs. Pa\u00edses Bajos, Corte Europea de Derechos Humanos, 2006). A pesar de \u201cque los Estados pueden establecer mecanismos de control de ingresos y salidas de migrantes indocumentados a su territorio\u201d, \u00e9stos \u201csiempre deben aplicarse con apego estricto a las garant\u00edas del debido proceso y al respeto de la dignidad humana\u201d (vid. Condici\u00f3n Jur\u00eddica y Derechos de los Migrantes Indocumentados, opini\u00f3n consultiva OC-18\/03, Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2003).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">Entre otras palabras, aun cuando el Estado tenga el derecho de decidir qui\u00e9n entra y permanece en su territorio, el Derecho internacional de los derechos humanos siempre moderar\u00e1 este principio. Esto significa que para deportar a alguien no basta con la mera existencia de una ley que as\u00ed lo perciba, sino que es necesario que \u201clas personas afectadas [tengan] derecho a ser o\u00eddas y [a] una oportunidad adecuada para ejercer su derecho de defensa\u201d (vid. Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos, Informe sobre terrorismo y derechos humanos\u201d).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">Seg\u00fan el corpus jurisprudencial en materia de derechos humanos, antes que de que una persona sea deportada tienen que ponderarse diversos factores, como el tiempo que residi\u00f3 en dicho territorio, sus v\u00ednculos familiares, su condici\u00f3n m\u00e9dica u otra raz\u00f3n humanitaria.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">Ir\u00f3nicamente, algunos de los argumentos que se emplean con mayor frecuencia para tratar de aminorar la tragedia de las deportaciones es, por un lado, la supuesta facilidad que las personas tend\u00edan para regresar y adaptarse a su lugar de origen y, por el otro, el argumento de que la familia del deportado tiene la libertad de seguirlo a su pa\u00eds.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">Ambos escenarios son err\u00f3neos, ya que generan situaciones traum\u00e1ticas para el migrante, al grado de que la corte Europea de Derechos Humanos ha resuelto en algunas ocasiones que la deportaci\u00f3n puede vulnerar el derecho humano a la vida familiar (vid. Moustaquim vs. B\u00e9lgica, Corte Europea de Derechos Humanos, 1991).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">De aqu\u00ed la relevancia del programa \u201cSomos Mexicanos\u201d que el gobierno de M\u00e9xico implementa para facilitar la reinserci\u00f3n del migrante y los servicios conexos que ofrecen los consulados (por ejemplo, certificado de transferencia de estudios, registro de nacimiento de los nacidos en el extranjero y menaje de casa) para facilitar el regreso de las familias migrantes.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\"><strong>Conclusi\u00f3n<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">Bajo esta remoci\u00f3n expedita los agentes migratorios son, al mismo tiempo, jueces y verdugos. La conclusi\u00f3n del Relator Especial sobre los Derechos Humanos de los Migrantes, Jorge Bustamante, en su misi\u00f3n a Estados Unidos en 2008, vuelven a ser relevante: \u201cLas leyes migratorias estadounidenses deben ser modificadas para asegurar que todos los no ciudadanos tengan acceso a una audiencia ante un juez imparcial, quien sopesar\u00e1 los intereses del no ciudadano en permanecer en Estados Unidos en contra del inter\u00e9s del gobierno en deportarlo\u201d.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\">Una correcta defensa de los derechos de los mexicanos en el exterior debe enfocarse no evitar las deportaciones sino en actuar de manera preventiva para ayudar a los connacionales a identificar si califican o no para alg\u00fan remedio legal que les permita continuar residiendo en el extranjero, si as\u00ed lo desean. Son momentos complicados y en los pr\u00f3ximos meses veremos en primera fila el choque entre lex lata (lo que el Derecho es) y legem ferenda (lo que quisi\u00e9ramos que fuera).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Corzo, V\u00edctor Emilio. (abril, 2017). <em><u>La pol\u00edtica migratoria de Donald Trump<\/u><\/em>.\u00a0<em>El mundo del abogado<\/em>\u00a018; (216). 40-41 pp.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" wp-image-298 aligncenter\" src=\"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/wp-content\/uploads\/2017\/12\/5-300x194.png\" alt=\"\" width=\"451\" height=\"291\" srcset=\"https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/wp-content\/uploads\/2017\/12\/5-300x194.png 300w, https:\/\/www.ceaamer.edu.mx\/revista\/wp-content\/uploads\/2017\/12\/5.png 478w\" sizes=\"auto, (max-width: 451px) 100vw, 451px\" \/><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Pol\u00edtica Migratoria de Donald Trump \u201cEn el contexto social y en el civil, apelo a no crear muros sino de construir puentes\u201d, exhortaba el papa Francisco durante su homil\u00eda a principios de febrero desde el Vaticano. 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