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Guzmán Wolffer, Ricardo. Legalidad vs Popularidad

Aunque ninguna disposición del Poder Judicial mexicano establece la obligación para los jueces de rendir cuentas a la sociedad de sus sentencias, y su legitimación no se deriva de la opinión pública ni de la aprobación popular, las expectativas de una sociedad cada vez más enardecida o escéptica también están puestas en los jueces y sus resoluciones. Por ello, el Poder Judicial está cobrando cada vez mayor protagonismo ante los ojos de la ciudadanía.

Más allá de que sus resoluciones sean correctas jurídicamente, los jueces no pueden resolver pensando se hacerlo los volverá héroes o villanos del pueblo que apenas tiene nociones de Derecho positivo mexicano (tercero de preparatoria). Según el INEGI, en la Ciudad de México el promedio de escolaridad es de 11.1 años, o sea que un individuo apenas comprenderá la diferencia entre un oficio, una provisional y una revisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN): se publicita que se “amparo” a un presunto culpable y todos odian al juez.

Y es que el diseño para elegir, vigilar y ratificar (que sean jueces hasta que se jubilen) a un juez federal nada tiene que ver con la repercusión social de sus resoluciones.

Para ser juez se hacen exámenes de conocimientos jurídicos y ya. Hace unas décadas se les pedía aprobar un examen psicológico; luego se eliminó ese requisito. ¿Cuántos de los actuales jueces o magistrados reprobaron o reprobarían ese examen? En ninguna disposición del Poder Judicial mexicano se le establece como órganos del Estado que deban rendir cuentas a la sociedad de cada una de las sentencias. Sí, dan cifras de cuántas sacan y cuántas quedan a deber; pueden obtenerse copias de las versiones públicas (sin datos personales) de todas las resoluciones, y prácticamente cualquier dato estadístico o jurídico que se pida al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) o local será entregado, pero eso no incluye la función social de jueces y magistrados. Su legitimación constitucional deriva del concurso que aprueban y del hecho de ser examinados por un CJF que tiene representantes de los tres poderes; a ningún juez, magistrado o ministro se le elige por el voto popular; su legitimación deriva de ser conocedores del Derecho y de haber ganado a sus oponentes, nada más. Se establece que los concursos del Instituto de la Judicatura Federal son impolutos; la mínima sobre su claridad ha llevado a su anulación, como sucedió cuando se estableció que aparentemente se habían trucado las calificaciones de la primera etapa hace dos administraciones.

Los ministros de la SCJN son otra historia: su legitimación deriva de haber sido elegidos por el Senado de la respectiva tercia enviada por el presidente y el CJF no tiene competencia legal para supervisarlos; la SCJN es autónoma administrativa y presupuestalmente.

Por eso los jueces no necesitan preocuparse de ser agradables a la opinión pública para resolver. De ahí que las apariciones públicas de los titulares judiciales sean mínimas: no tienen que dar la cara para explicar o justificar sus sentencias. En ninguna “auditoría” que practica la Visitaduría  Judicial se toman en cuenta aspectos sociales; se desglosan número y estadísticas de ingresos, egresos, recursos, etcétera, pero nada lleva al análisis acerca de si esas resoluciones ayudaron al bienestar social o si llevaron al caos social. En ningún momento se establece que los jueces o ministros sean actores públicos y menos se valora si cumplieron debidamente sus funciones. Sería esperable, para el fomento y el establecimiento de un verdadero Estado de Derecho, que jueces, magistrados y ministros expusieran públicamente su quehacer jurídico, no solo desde la academia, que algunos están cerca y otros repulsa, pero que es de audiencia limitada; sino desde foros públicos. Lo que más necesita, primero que nada, conocer a sus jueces y luego comprender por qué resuelven cómo lo hacen, es la población en litigios y jurisprudencias. Los abogados tienen puntos de encuentro de sobra con esos titulares judiciales en los propios juzgados, pero quienes nunca han tenido que llevar un juicio podrían estar más interesados en saber quiénes los juzgarían y cómo lo harían: cuando la sociedad civil se vuelve participativa y se acerca a los funcionarios públicos rara vez lo hace con titulares judiciales.

Y cuando lo hacen son remitidos al área de comunicación social del CJF. Los jueces se muestran al público, buscan el bajo perfil y pasar inadvertidos lo mejor posible. Casos como el del ministro Cossío, quien participa en varios diarios y publicaciones así como en diversos actos del ITAM o del Colegio Nacional, entre otros, son claramente aislados.

Lo anterior no se traduce en falta de control en libertinaje judicial: cada año se presentan declaraciones patrimoniales muy detalladas para ver que los titulares judiciales y sus trabajadores no tengan bienes incompatibles con sus ingresos oficiales o declarados; se tramitan cientos de quejas cada año (los litigantes denuncian a los jueces; las autoridades denuncian, y hasta de oficio se les investiga). Y una cosa es la independencia judicial y otra, donde sanciona el CJF, cuando el juez resuelve contra constancias o contra leyes o jurisprudencia. Los consejeros judiciales son implacables en este último supuesto. Por eso, cuando los jueces resuelven, su última preocupación debe ser quedar bien o no con la ciudadanía; no son políticos que dependan de la aprobación popular para seguir en su trabajo.

La dificultad de mantenerse en el puesto de juez federal es que se enfrenta a diversos retos ajenos al proceso de selección. No se le exige que siga estudiando (maestría o doctorado). Hay jueces que sólo tienen la licenciatura con la que llegaron al puesto y que no realizan cursos formales para actualizarse: les basta el estudio de casa caso con vista a lo resuelto por la SCJN. Y si quieren estudiar una maestría o un doctorado deberán hacerlo después de las labores primero lo primero.

No se les pide que personalmente den cuenta de sus resoluciones: el visitador acude al juzgado o basta la remisión de un acta para informar sobre los resultados judiciales semestrales no dan informes al público. Incluso su participación en actos académicos está limitada por el horario laboral. Apenas con el actual presidente del CJF se han dado facilidades para que los titulares acudan a este tipo de actos donde los jueces puedan dialogar con el público mediante las licencias respectivas, a veces sin goce de sueldo. Muchos titulares aducen que no tienen obligación de participar en esos actos u otros académicos; ni siquiera de dar clases dentro de la propia Escuela Judicial de la Federación (PJF). Y es verdad: la ley  sólo les pide que atiendan su juzgado o tribunal, muchas veces encerrados en su despacho ante las altas cargas de trabajo para tratar de cumplir con los términos legales para resolver.

El problema es que no resuelven solos. El procedimiento para llegar al dictado de una sentencia puede ser muy complicado, como sucede en las materias mercantil o agraria. Y en eso participan secretarios, actuarios y demás personal. Si el juez llega a un juzgado con el personal basificado, prácticamente deben tolerarlo dar de baja a un “trabajador” es un proceso largo y complejo. Incluso, si el juez separa a un trabajador y éste demanda y gana ante la Comisión Substanciadora del PJF (tribunal laboral interno), el juez o magistrado tienen que pagar con su propio dinero parte de los salarios caídos del trabajador. Es fácil suponer que son muy pocos los que intentan depurar al personal corrupto (cobran sin trabajar, en el mejor de los casos). Añádase que hay órganos judiciales en los que un alto porcentaje de trabajadores son familiares directos o indirectos: por ejemplo, la secretaría particular que lleva décadas en la función va convenciendo a los titulares que van pasando que contrate uno o dos familiares, hasta que los hijos, los sobrinos, los yernos o las nueras están en el mismo juzgado. Y cuidado si la delegación sindical es aguerrida: no importa que estén conscientes de que el trabajador es pésimo: ellos cobran por defenderlo y harán imposible para que se quede ahí. No les importa el resultado de la gestión judicial. No se puede generalizar, pero son menos los órganos judiciales donde trabajen perfectamente y al mismo ritmo. Lo regular es que  haya un porcentaje de “colaboradores” que poco ayudan y a veces que francamente estorban. En algunos casos sucede como en la Secretaría de Educación Pública: debe contemplarse  el desarrollo de la función tomando en cuenta a los trabajadores o no se logrará.  Las medidas que ha tomado el CJF para proteger los derechos laborales de los trabajadores de base han sido utilizadas por algunos para abusar del puesto, en detrimento de la calidad de la administración de la calidad de la administración de justicia, pues en muchos casos el resto del personal terminará haciendo el trabajo de aquellos o se retrasará con el consecuente tiempo invertido por el titular en múltiples revisiones. Ni se diga cuando hay una confrontación entre los propios trabajadores. Y en relación con la vigilancia que tiene que hacer el titular con su personal está no solo procedimental: así como hay litigantes honestos, respetuosos y conscientes de su papel en la compleja maquinaria judicial mexicana, hay otros francamente pillos que no durarán en intentar argucias indebidas o corromper al personal o al propio titular.

Las preocupaciones del juez son otras a la popularidad social. Y eso sin establecer las problemáticas de cada región: no sólo en las zonas fronterizas es necesario contar con traductores del español al inglés o a las lenguas indígenas; cuando se dan flujos migratorios importantes, los juzgados pasan dificultades para tener auxiliares de la justicia reconocida oficialmente. Y la cadena se amplía según el tipo de juicio: traductores en juicios migratorios, agrimensores para juicios agrarios, contadores o actuarios para juicios mercantiles, etcétera. Por otra parte, el juez no actúa solo en estos juicios: cuando hay extranjeros involucrados es obligatorio dar vista al consulado o la embajada, y en casos como el de los miles de haitianos que llegaron al norte del país, muchos sin la documentación esencial, puede suponerse la dificultad para hacer tal notificación debidamente. Lo anterior cambia según las condiciones internacionales cuando Brasil y México eliminaron la visa para viajar recíprocamente, miles de brasileños llegaron a México con la intención de ir a Estados Unidos y las políticas migratorias mexicanas se endurecieron, por ejemplo. Los muchos detenidos brasileños a lo largo de la República tuvieron que esperar a que se establecieran mecanismos de comunicación consular. Y esto se multiplica con migrantes croatas, africanos, etcétera.

Los juzgados son reflejo de las condiciones de las políticas nacionales. ¿La reforma energética? Entran miles de amparos para que se aplique: la anterior era más benéfica para el trabajador. ¿Cambió el Código Penal del entonces Distrito Federal? Miles de amparos para salir de la cárcel. ¿Se publica la miscelánea fiscal? Miles de amparos para no pagar ciertos impuestos o para seguir importando automóviles o mercancía. Y así al infinito: los jueces no pueden regular el ingreso de asuntos  y tienen la obligación de atender casa uno con diligencia y precisión jurídica. Es cierto que el CJF está atento a estos vaivenes sociales traducidos en más trabajo, pero es complejo valorar cuándo es necesario crear nuevos juzgados o dictar un acuerdo  general para que los juzgados auxiliares conozcan de esos miles de amparos. Si el CJF tarda un día o una semana, de todos modos los jueces deben atender cualquier ingreso. No resolver en los términos legales será una causa de responsabilidad.

El modelo judicial mexicano funciona a pesar de todo. Los juzgados con regazo injustificable son pocos. La calidad de sentencias y acuerdos es alta: varías se estudian en la academia nacional y extranjera. Son muchos los trabajadores que entregan la vida convencidos de que es el único camino para un México mejor. Jueces y magistrados se jubilan en condiciones precarias de salud, a veces sin haber formado una familia por las horas invertidas en el trabajo o con una familia a la que apenas han tenido oportunidad de tratar, ya sea por las jornadas laborales o por los cambios de adscripción. Algunos incluso han pedido la vida por el sentido de sus resoluciones.

Pero no se publicita todo ese esfuerzo, precisamente por el concepto del juez mexicano: a pesar de ser parte del Estado, no se le pide que tenga las obligaciones que tienen otros poderes. Si un presidente municipal o gobernador no da buenos resultados es muy probable que los volantes no elijan a ese partido o a quienes se relacionen con el funcionario anterior para la nueva administración. Pero si un juez dicta acuerdos y sentencias perfectas jurídicamente y con ello se lleva a la sociedad al descontento o al caos, no hay modo de establecer sanción social. El modelo mexicano parte del supuesto de que la ley está bien hecha y que su debida aplicación llevará al bienestar socia. Por eso los jueces son valorados por sus resoluciones particulares, como si la ley misma fuera la fuente garantista de esta sociedad que poco comprende los mecanismos judiciales y llega a confundir a una policía con magistrado, pues ambos participan en el proceso carcelario de una persona.

Pero no se contempla ese aspecto socio judicial  que a una sociedad con crecientes dificultades económicas o de seguridad o de simple acceso a los servicios básicos se ofrece como la mejor solución de las problemáticas macro y micro sociales: se “judicializa la política”, dicen los políticos molestos de ver como aumentan las facultades legales reales de ministros y jueces. A la población ajena a la creación de leyes, a la partidocracia casa vez más desprestigiada, al Poder Ejecutivo con tantos frentes que atender que no logra funcionar en todos, la lejanía existente con el Poder Judicial, en lo orgánico y en lo anímico, se traduce en un área desconocida para la población. De muy poco sirven las sesiones televisadas por los ministros de la SCJN o por los magistrados federales: de los 120 millones de mexicanos, ¿cuántos los verán, entenderán y aplicarán sus sentencias?

En un Estado democrático los jueces deben establecer su parte de responsabilidad estatal en materia social. El modelo antiguo, donde se les supone ajeno a las dificultades cotidianas, brillantes sólo en las leyes y en sus teorías, como si fueran esos académicos que hablan de los derechos humanos y luego litigan deshonestamente bajo la bandera de teorías europeas ajenas a nuestra situación, es decir, que resuelven los juicios con visitas al mítico “debe ser”, pero sin advertir cómo se volverá esa realidad que gobiernan mediante el imperio de la ley, ya no funciona. Cada vez es más claro en esta sociedad participativa que magistrados y ministros no pueden permanecer al margen de las consecuencias de sus actos: el tejido social ha cambiado. Las expectativas de esa sociedad casa vez más enardecida o escéptica también están puestas en los jueces y en sus resoluciones si se logra llamar la atención de un caso de violación en Veracruz mediante herramientas mediáticas que hace unos años eran impensables, por ejemplo, es cosa de tiempo para que se replanteé la función judicial.

El escenario de la elección presidencial de 2018 es complejo por razones existentes en la historia de México. Nunca había habido tal cantidad de gobernadores en juicio, unos, y desprestigiados, otros. El clamor popular, muchas veces propuesto por las vías legales, de reducir el número de legisladores, será motivo de análisis tarde o temprano: la sociedad está cansada de percibir en diputados y senadores no sólo a funcionarios que no atienden las necesidades básicas de la gente, sino que habitan un mundo ajeno al de la población con unas leyes que no se aplican y que cuando lo hacen no resuelven lo esencial: millones de mexicanos pobres son síntoma de lo anterior. Mientras, el Poder Judicial comienza a ser visto con ojos distintos por la población que busca los caminos legales la necesidad de una mejoría. No importa el poder: mientras todos los habitantes de México no tengan lo mínimo, el Estado mexicano ha fallado. Y nadie ha olvidado la división de poderes y su obligación de responder ante ese bienestar social, sin importar las competencias legales de cada funcionario.

¿De qué nos sirve vivir en la legalidad si está lleva al desconsuelo irremediable.

Guzmán Wolffer, Ricardo. (Mayo, 2017). Legalidad vs. PopularidadEl mundo del abogado 19; (217). 42-46 pp.

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